Todo sobre el Seguro de Cesantía para trabajadoras de casa particular

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RemuneracionesEl pasado 9 de septiembre, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó, en su último trámite legislativo, el proyecto de ley que incorpora a las/os trabajadores de casa particular al seguro de desempleo de la Ley 19.728 (boletín 13.742), texto que se encuentra en proceso de promulgación como ley de la República.

La norma, originada en un Mensaje del Ejecutivo, correspondió al compromiso adoptado por el Gobierno y el Congreso Nacional, durante la tramitación de la ley que flexibilizó el acceso al Seguro de Cesantía (Ley 21.263), para poder buscar una solución a la situación que afecta a las y los trabajadores de este sector, que no pueden acceder a los beneficios de este seguro.

De esta manera, el presente cuerpo legal, incorpora a las y los trabajadores de casa particular a las prestaciones del seguro, tanto en lo referido a la cuenta individual como al uso del Fondo Solidario, estableciendo las normas para su financiamiento y los requisitos de acceso, beneficiando así a un universo aproximado de 130 mil trabajadores, en su mayoría mujeres.


Cómo se financiará

La iniciativa dispone que una vez entrada en vigencia, la actual cotización del 4,11% que hacen los empleadores para la indemnización, se dividirá en dos partes: un 3% irá al Seguro de Cesantía -2,2% para la Cuenta Individual por Cesantía (CIC) y un 0,8% para el Fondo de Cesantía Solidario (FCS)- y un 1,11% para la indemnización a todo evento.

Cabe recordar que, la actual norma laboral establece que las trabajadoras de casa particular no tienen indemnización legal por años de servicio, sino un sistema de indemnización a todo evento, sin importar la razón de despido, la cual se financia con un aporte mensual del empleador de un 4,11% de la renta imponible, que es administrado por la AFP a la que está afiliada la trabajadora.


A quién beneficia

La nueva fórmula regirá tanto para los nuevos contratos como para los ya existentes. Estos trabajadores podrán acceder a las prestaciones del Seguro de Cesantía así como al Fondo Solidario, cumpliendo los mismos requisitos de cotizaciones que se exigen a los trabajadores sujetos a contrato indefinido de acuerdo a la ley que flexibilizó los requisitos de acceso al Seguro de Cesantía, y mejoró la Ley de Protección del Empleo.

Es decir, deben contar con tres cotizaciones continuas anteriores al término de su contrato o 6 cotizaciones mensuales continuas o discontinuas en los últimos 12 meses, siempre y cuando las últimas 2 hayan sido continuas y con el mismo empleador.


Cómo opera para contratos existentes

La ley establece el derecho a traspasar parte de los recursos disponibles de sus actuales fondos de indemnización, a las cuentas individuales del Seguro de Cesantía, a fin de que puedan cumplir con el requisito de cotizaciones y acceder de inmediato a los beneficios del Seguro de Cesantía.

Así, por ejemplo, una trabajadora de casa particular con contrato vigente debe aportar el equivalente a las cotizaciones al fondo de tres meses de remuneraciones. Si su sueldo es cercano a unos 340 mil pesos bruto, con el traspaso de aproximadamente 30 mil pesos, podrá ya hacer uso del Seguro de Cesantía. (www.Camara.cl)


https://www.camara.cl/cms/destacado/2020/09/21/acceso-de-las-trabajadoras-de-casa-particular-al-seguro-de-cesantia/

europapress