​MetLife Chile Seguros Generales castiga saldo insoluto de acciones suscritas y no pagadas en aumento de capital

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MetLife Chile Seguros Generales S.A. informó en carácter de Hecho Esencial que el directorio de la Sociedad, en una primera sesión celebrada con fecha 5 de agosto, y en virtud de lo dispuesto en junta extraordinaria de accionistas de fecha 23 de julio, acordó ejercer las acciones de cobro según lo dispuesto en los artículos 24 de la Ley Nº18.046 (“LSA”) y 18 del Reglamento de la Ley de Sociedades Anónimas (el “Reglamento”) para requerir el pago de la totalidad de las acciones emitidas en virtud del aumento de capital aprobado por la junta de accionistas de la Sociedad celebrada con fecha 17 de enero de 2017, y que se encontraban suscritas y pendientes de pago, ascendentes a 7.500.000 acciones por un monto total de $7.500.000.000.

Como consecuencia de lo anterior la Sociedad requirió, sin éxito, el pago del monto adeudado, por lo que, en una segunda sesión de directorio celebrada con esa misma fecha, declaró agotadas las acciones de cobro en relación a dichas acciones suscritas y no pagadas, y acordó informar a los accionistas de la Sociedad de los acuerdos tomados en dicha sesión, para efectos que, reunidos en junta extraordinaria de accionistas, resolvieran sobre las materias discutidas en la sesión en relación, entre otras materias, a la propuesta del directorio de la Sociedad de castigar dicho saldo insoluto y disminuir el capital de la Sociedad al monto efectivamente pagado, esto es, a la cantidad de $10.668.325.000 dividido en 10.668.325 acciones.

En dicha junta extraordinaria de accionistas se acordó, por la unanimidad de los accionistas: Castigo del saldo insoluto de las acciones suscritas y no pagadas emitidas en virtud del aumento de capital de la Sociedad acordado en junta extraordinaria de accionistas de la Sociedad de fecha 17 de enero de 2017.

Disminuir el capital de la sociedad al monto efectivamente pagado, esto es, a $10.668.325.000 dividido en 10.668.325 acciones.

Aumentar el capital de la Sociedad en $10.000.000.000 mediante la emisión de 10.000.000 de acciones de pago. Las acciones serán ofrecidas preferentemente a los accionistas de la Sociedad a prorrata de las acciones que posean inscritas a su nombre en el Registro de Accionistas de la Sociedad a la medianoche del quinto día hábil anterior a aquel desde el cual pueda ejercerse el derecho. Asimismo, se estableció que el plazo máximo para la emisión, suscripción y pago de las acciones de pago de este aumento de capital sea de 3 años contados desde la fecha de la referida junta y, en virtud de lo dispuesto en los artículos 24 de la LSA y 18 del Reglamento, se autorizó al Directorio de la Sociedad para abstenerse del ejercicio de las acciones de cobro que sean suscritas y no pagadas dentro del plazo señalado anteriormente, en cuyo caso quedará el capital de la Sociedad reducido de pleno derecho a la cantidad efectivamente pagada una vez vencido el plazo referido.

europapress