BRUSELAS, 11 (EUROPA PRESS)
El Tribunal General de la UE (TGUE) --en primera instancia del TJUE-- ha confirmado este miércoles la protección de la variedad de mandarina Nadorcott, cuyos derechos son propiedad del rey de Marruecos desde 2004, al desestimar el recurso de la empresa cordobesa Eurosemillas, que pidió su nulidad.
La Justicia Europea ha tumbado en su sentencia de este miércoles el recurso de Eurosemillas, que alegaba el incumplimiento de la obligación de investigación de oficio por parte de la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (OCVV) asà como de su deber de instrucción. De hecho, la propia OCVV habÃa desestimado ya en 2020 otro recurso previo de la empresa cordobesa, que se desestimó por "infundado".
Eurosemillas alegaba que la variedad Nadorcott no cumplÃa el requisito de novedad y sostenÃa que se habÃan cedido componentes y material de cosecha de esta variedad para fines de explotación, tanto fuera como dentro de la Unión, antes del perÃodo de gracia, durante el cual se pueden realizar ventas o cesiones sin comprometer por ello la novedad de la variedad.
Sin embargo, el TGUE indica que la entrega de material y las supuestas cesiones que menciona Eurosemillas tenÃan fines puramente experimentales y que la plantaciones objeto de litigio se realizaron durante el perÃodo de gracia, de modo que no tiene incidencia en la determinación de la novedad de la variedad Nadorcott.
Por otro lado, Eurosemillas sostenÃa también que la solicitud de protección de la variedad Nadorcott no era válida porque contenÃa información que no se corresponde con la realidad y que, por ello, no se le debió asignar una fecha de presentación que le permitiera beneficiarse de la prórroga del perÃodo de gracia relativo a la cesión en el territorio de la UE, pero el Tribunal General considera que la OCVV concluyó de forma correcta que la solicitud de protección era válida.