La Comisiónrequirió a las entidades financieras adoptar medidas para cautelar la seguridad de la información de las personas, canales de comunicación para resolver consultas y reclamos, e instruyó el envío de información periódica sobre operaciones de portabilidad. También aclaró la forma en que debe aplicarse la Ley de portabilidad para el caso de mutuos hipotecarios endosables y agentes administradores de mutuos hipotecarios endosables, en consonancia con la Norma de Carácter General N° 136.
La normativa, que entró en vigencia este martes, permite a los consumidores cambiarse con mayor facilidad desde su institución financiera actual a otra que le ofrezca condiciones más convenientes. El Servicio colaboró en el diseño del formato estándar que usarán todas las instituciones para la oferta de portabilidad. El SERNAC cumplirá un rol activo para que se respete este nuevo derecho y las instituciones deberán reportar al Servicio los eventuales problemas, exigencia plasmada en una circular interpretativa.
El Presidente Sebastián Piñera, junto al Ministro de Hacienda, Ignacio Briones, promulgó ayer la Ley de Portabilidad Financiera, que tiene como objetivo que las personas y también las micro y pequeñas empresas puedan cambiarse de manera más fácil, más barata y más rápida de institución financiera.