Muchas veces la vida de “ricos y famosos” divulgada por la televisión, revistas y redes sociales genera la profunda admiración de millones de personas que, incluso en algunas ocasiones, establecen sus metas y aspiraciones de acuerdo a lo que tienen esos personajes. El fenómeno –que se da principalmente en la relación de jóvenes con los influencer de redes sociales- ha sido analizado durante los últimos años, dado que el impacto, producto de la frustración y distorsión de imagen, cada vez se hace más presente.
Acontar del 22 de junio.
Informó en carácter de hecho esencial
Informó en calidad de hecho esencial.
Por parte de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores de México.
Esto de acuerdo a lo establecido en la Ley N°21.314, la cual tuvo por objeto establecer nuevas exigencias de transparencia y reforzamiento de responsabilidades para los agentes de mercados. La consulta pública, se prolongará entre el 25 de junio y el 9 de julio de este año.
Entre los motivos que expuso, señaló que, a su juicio, corresponde a la Sociedad consolidar la administración bajo la gerente general como una única ejecutiva principal, con lo que el directorio estuvo de acuerdo.
En sesión de Directorio de la sociedad.
A través de un hecho esencial.
Se trata del Fondo de Inversión Desarrollo Inmobiliario España Uno.
Informó en calidad de hecho esencial.
Los Documentos de Política expresan la visión de la Comisión y su Consejo sobre temas relevantes para la industria financiera. Por su naturaleza, no constituyen una instrucción normativa ni una política de supervisión, sino una guía del estándar o mejores prácticas esperadas por la CMF.
Tras la renuncia de Cristian Florence Kauer.
Se trata del Fondo de Inversión Pre-IPO Opportunities MVP.
Asumiendo en tal calidad su suplente.
A través de un hecho esencial.
Además se ratificó al gerente general de la sociedad.
Mediante la cual Emgesa S.A. ESP será la Sociedad Absorbente, en tanto que Codensa S.A. ESP, Enel Green Power Colombia S.A.S. y ESSA2 S.p.A., todas filiales de Enel Américas, serán las Sociedades Absorbidas.
Por infracción a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 248 de la Ley N° 18.045 de Mercado de Valores, en relación al artículo 246 de la misma Ley, y al párrafo 17 de la Sección AU 230 de las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas N°63 y N°71.
Informó en calidad de hecho esencial.