La nueva regulación recientemente promulgada establece que aquellos establecimientos declarados como Entidades Obligadas, es decir, cuya actividad pueda generar riesgo para la seguridad pública, e incumplan con la normativa, podrían ser multados con hasta 13.500 UTM. En el caso de las empresas de seguridad privada, la prohibición de funcionamiento podría ser por un plazo de entre tres y seis meses.