Cabe recordar que la obligación de emitir estas boletas electrónicas entra en vigencia el 1 de enero de 2021, para quienes tienen la calidad de facturador electrónico, y el 1 de marzo, para quienes no lo son. En estos mismos plazos entrará en vigencia la obligación de informar en la boleta, separadamente, el monto final de la compra que corresponde al pago del IVA.