CAP convoca a Junta Ordinaria de Accionistas

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CAP

CAP informó en calidad de hecho esencia que ha acordado citar a Junta Ordinaria de Accionistas para el próximo 12 de abril de 2022, a partir de las 11:00 horas, para tratar y pronunciarse, entre otras materias, sobre la memoria Integrada y los estados financieros del ejercicio 2021, la política de dividendos, y distribución de dividendo definitivo; y la remuneración de directores.

Además, se propuso a la Junta Ordinaria de Accionistas que, de la utilidad líquida distribuible del año 2021, ascendente a US$748.421.478,6, se reparta como dividendo definitivo el 60% de la misma, esto es, la suma de US$449.052.887,16, de la cual corresponde deducir la cantidad de US$112.086.084, pagados en agosto de 2021 como dividendo provisorio N°136, con cargo al ejercicio 2021, quedando un saldo por repartir ascendente a US$336.966.803,16.

“Este dividendo definitivo representaría un adicional del 10% respecto de la política de dividendos vigente de la Compañía, esto atendidos los positivos resultados del ejercicio 2021, considerando la sólida posición de caja de la Compañía, y siempre teniendo en consideración los proyectos de inversión futuros de la Sociedad y sus filiales, así como la política de financiamiento respecto de ellos”, consignó la firma en el escrito.

El referido saldo será pagado, de ser aprobado por la Junta, mediante el dividendo definitivo N°137, por la suma de US$2,254741 por acción, pagadero a partir del próximo 25 de abril.

Se propondrá a los accionistas que el dividendo sea pagado en dólares de los Estados Unidos de América o en pesos chilenos, moneda de curso legal, a elección de los accionistas, según el procedimiento que se informará en la respectiva Junta Ordinaria de Accionistas y en los avisos de pago de dividendos.

Adicionalmente, los accionistas que así lo decidan, podrán acceder al régimen legal transitorio y opcional que contempla el pago de un impuesto sustitutivo de los impuestos finales (es decir, sustitutivo de impuesto global complementario o impuesto adicional) también denominado “ISFUT”, conforme lo establecido en el artículo 25 transitorio de la Ley 21.210 y lo indicado en las Circulares 43/2020 y 39/2021 y Oficios 215/2021 y 2762/2021 todos del Servicio de Impuestos Internos. Para estos efectos, se pondrá a disposición de los señores accionistas un procedimiento que será publicado oportunamente en el sitio web de la Sociedad.

europapress