En abril pasado, la Corte Suprema declaró ilegal su actuación:

Alcalde Jadue reconoce que no ha caducado permiso de la torre de Bellavista a la que le ha negado la recepción durante 8 años

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Daniel Jadue

A través de un oficio administrativo, en el que responde un reclamo de ilegalidad presentado por la empresa Desarrollo Inmobiliario Bellavista, el alcalde de Recoleta, Daniel Jadue admite lo fallado por la Corte Suprema el 15 de abril pasado, en el sentido que la caducidad del permiso que pretendía aplicar al Conjunto Armónico Bellavista sólo afecta a la tercera torre cuya construcción no alcanzó a iniciarse y no al edificio terminado en 2012 y que se ha negado en recibir durante 8 años.


En el oficio Nº 1400/68/2020, firmado por el propio alcalde Jadue, se señala que “aún cuando la Corte Suprema haya concluido que la caducidad del permiso de edificación 252-2007 sólo afectaba a la Etapa III del proyecto, la decisión contenida en el acto administrativo cuestionado aún se fundamenta en tres razones que continúan estando vigentes”, entre las que se mencionan las obras de mitigación aprobadas, pero que están ejecutadas.


Con esto se abre un camino cierto para que la Dirección de Obras Municipales (DOM) de Recoleta otorgue finalmente la recepción definitiva parcial de la torre 2, que tiene a 240 familias a la espera de poder habitarla. “No obstante ello, resulta absolutamente contradictorio que el alcalde Jadue siga sosteniendo que el decreto de demolición que firmó se ajusta al ordenamiento jurídico, en circunstancias que también reconoce en el mismo documento que la caducidad del permiso no le afecta, según lo dictaminado por la Corte Suprema”, señaló el abogado Christian Espejo, que representa a la inmobiliaria.


Imputado por prevaricación


En el marco de las causas entabladas por la inmobiliaria en contra de la Municipalidad de Recoleta y de su alcalde, Jadue sigue siendo el único imputado penalmente por los delitos de prevaricación administrativa y negociación incompatible, lo que fue ratificado por el Juez de Garantía que le rechazó la solicitud de sobreseimiento. Asimismo, consultado por la Corte de Apelaciones de Santiago, por las razones para rechazar la solicitud del imputado, el Juez informó que “no se puede dictar de manera definitiva, que establezca de carácter fehaciente, que los hechos no son constitutivos de delito”, por lo que la investigación sigue adelante.


europapress