Senado aprueba por unanimidad proyecto de cuenta única de tarifas y peajes de autopistas

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Peaje angostura


Por unanimidad, la Sala respaldó la moción de los senadores Alejandro García-Huidobro, Ximena Órdenes, Ena Von Baer, Juan Castro y Alejandro Guillier, que establece una cuenta única de tarifas y peajes correspondientes al uso de distintas autopistas.

La propuesta busca simplificar el pago de este servicio dada la gran cantidad de autopistas que operan en el país. En la actualidad, cada compañía emite una factura, por lo que la idea es que una plataforma concentre dichos cobros.

Durante la discusión, los congresistas coincidieron en la utilidad práctica que tiene la iniciativa, despejando las dudas de empresas concesionadas, las que habrían alegado dudas de constitucionalidad en esta disposición. Asimismo, se mencionó la pertinencia de estudiar el modelo de negocios de la concesión de obras públicas, el que habría quedado obsoleto.


PROYECTO


El texto acordado es el siguiente:

“Las concesionarias de obras viales que dispongan de sistemas electrónicos de cobro deberán crear, implementar, mantener y administrar, a entero costo y responsabilidad de éstas, un sitio electrónico único a través del cual los usuarios con o sin contrato de televía puedan realizar de manera conjunta o separada el pago de sus cuentas de tarifas o peajes correspondientes a las distintas concesionarias.

El referido sitio electrónico único no implicará recargo alguno de costos para los usuarios con o sin contrato de televía.

Dicho sitio electrónico deberá ajustarse a los requerimientos técnicos y operativos y los relativos al contenido, autenticación, seguridad y privacidad que establezca el Ministerio de Obras Públicas mediante un reglamento.

A falta de acuerdo entre las concesionarias, los costos del sitio electrónico único serán soportados entre ellas en proporción a su facturación en el año calendario anterior, y la creación, implementación, mantención o administración del sitio, según corresponda, deberán ser encargados a un tercero escogido mediante una licitación, todo ello conforme a las reglas que establezca el reglamento referido en el inciso anterior.

Toda nueva concesionaria de obras viales que disponga de sistema electrónico de cobro deberá adherirse a su entero costo al sitio electrónico único.

Sin perjuicio del sitio único que se establece en este artículo, las concesionarias de obras viales podrán mantener o encargar a terceros, en forma individual, la creación, implementación, mantención y administración de sitios electrónicos adicionales que permitan el pago de sus cuentas de tarifas o peajes”. (www.Senado.cl)

europapress