​CMF modifica ponderación de riesgo de activos garantizados por el Fisco, Corfo y Fogape

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CMF 2


Ante la situación que enfrentan los mercados financieros y las entidades fiscalizadas a raíz de la crisis sanitaria originada por la pandemia del Covid-19, y considerando en particular el fortalecimiento del rol garante del Estado a través del FOGAPE y otros mecanismos de apoyo, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) ha resuelto modificar la ponderación de riesgo de aquella parte de los activos que se encuentran garantizados por el Fisco de Chile, CORFO y el FOGAPE, en concordancia con la disposición del artículo primero transitorio de la Ley N°21.130, que mantiene el tratamiento de los activos ponderados por riesgo de crédito vigente a la fecha de su publicación, hasta la dictación de las nuevas metodologías para cubrir el riesgo de los activos.

Con este nuevo tratamiento, se incorporan a la categoría 2 de la clasificación de activos ponderados por riesgo, los montos de los créditos que se encuentran garantizados por el Fisco de Chile, CORFO y el FOGAPE, pasando estos, en consecuencia, de tener un ponderador por riesgo de crédito de 100% a 10%

Para efectos de lo expuesto, se introducen los siguientes ajustes al Capítulo 12-1 de la Recopilación actualizada de Normas:

1. Se elimina el penúltimo párrafo del numeral 3.1 del Título I, que permitía considerar como parte de las provisiones voluntarias que componen el patrimonio efectivo, una proporción de las garantías concedidas por el Fisco de Chile, CORFO y el FOGAPE, que amparen los créditos otorgados por los bancos.

2. En la letra c) del numeral 2.2 del Título II, a continuación del punto aparte, que pasa a ser punto seguido, se agrega lo siguiente: “Así como, los montos de créditos que sean garantizados por el Fisco de Chile.

3. A su vez, se agrega la siguiente letra d) al referido numeral 2.2: “d) Otros montos de créditos, en aquella parte que cuente con garantías otorgadas por CORFO y el FOGAPE.”

Como consecuencia del cambio descrito, se reemplazan los hojas N°s 2 y 5 del Capítulo 12-1.

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