​CMF publica en consulta una normativa que modifica el tratamiento de las garantías otorgadas por el Fisco en el cálculo de los activos ponderados por riesgo

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La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informa que a contar de hoy y hasta el 31 de julio, ha puesto en consulta pública una normativa que modifica el tratamiento de las garantías otorgadas por el Fisco para el cómputo de los activos ponderados por riesgo (APR) de la banca.

Se trata de ajustes al capítulo 12-1 de la Recopilación Actualizada de Normas (RAN), que modifican el tratamiento de los montos garantizados por el Fisco de Chile, Corfo y el Fogape, asignándolos a categoría 2 para efectos del cómputo de los APR.

En el contexto de las medidas adoptadas por las autoridades económicas frente al impacto del Covid-19, se espera que esta modificación incremente los indicadores de capital básico de la banca, mejorando de esta forma las condiciones para que las entidades traspasen liquidez a los mercados.

Lo anterior, considerando el fortalecimiento del rol garante del Estado a través del FOGAPE y otros mecanismos de apoyo.

El nuevo tratamiento está en línea con los estándares internacionales y es especialmente importante para aquellos bancos que no contarían con holguras para la utilización de las provisiones adicionales como patrimonio efectivo, considerando el límite establecido en la LGB de 1,25% APR.

Cabe recordar que el 20 de abril de este año la Comisión emitió la Circular para bancos N° 2.250, que permite considerar como parte de las provisiones voluntarias, que componen el patrimonio efectivo, una proporción (15%) de los montos avalados por el Fisco de Chile, CORFO y el FOGAPE, que amparen los créditos otorgados por los bancos.

La presente propuesta normativa deja sin efecto el tratamiento anterior, pudiéndose considerar estas garantías, sin límite, en el cómputo de los activos ponderados por riesgo.

Para acceder al detalle de la propuesta normativa, ingrese a la sección Normativa en Consulta del sitio web de la Comisión.

europapress