​Aumento de sanciones para quienes no cumplan cuarentena pasa a tercer trámite

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Santiago 7

Listo para cumplir su tercer trámite en la Cámara de Diputados quedó el proyecto que modifica el Código Penal para elevar las sanciones a quienes no cumplan con la cuarentena o medidas sanitarias dictadas por la autoridad en el contexto de la pandemia.

Los senadores aprobaron ayer gran parte de la iniciativa con 32 votos a favor, 5 en contra y 4 abstenciones, pero se realizaron dos votaciones más para pronunciarse separadamente respecto del aumento de la pena de cárcel y el incremento de las multas.

Así las cosas, con 23 votos a favor, 7 en contra y 3 abstenciones, se aprobó la norma que eleva hasta 3 años de presidio la sanción para quienes no cumplan la cuarentena o medidas sanitarias.

En tanto, la norma que contempla un aumento de rango de multas hasta 200 UTM para quienes incumplan la cuarentena, fue aprobada con 27 votos a favor, 5 en contra y 3 abstenciones.

Cabe recordar que en lo fundamental, la iniciativa aumenta la pena de presidio mayor en su grado mínimo -de 61 a 540 días de cárcel- hasta 3 años de cárcel y las multas que podrán fluctuar entre 6 y 200 UTM (300 mil a 10 millones de pesos) para quienes incumplan la cuarentena o medidas sanitarias. El proyecto que venía de la Cámara de Diputados planteaba multas de hasta 20 UTM, lo que se aumentó en el Senado.

Fue precisamente el aumento de esas disposiciones lo que originó que se votaran separadamente cada una de ellas. Esto, pues varios legisladores de oposicion consideraron que son las personas más vulnerables, que deben salir por obligación a sus trabajos o a generar ingresos, los que se verían expuestos a sanciones más graves. Argumentaron que no se puede "traspasar" a la ciudadanía la responsabilidad por los "errores" de la estrategia sanitaria.

Desde la otra vereda, hubo legisladores que estimaron que es primordial dar "señales concretas" a la ciudadanía para disuadir el incumplimiento de las cuarentenas, especialmente cuando la situación de contagio es tan extremo. Asimismo, recordaron que también hay investigaciones contra personas que han hecho uso, incluso, de helicópteros privados para saltarse las cuarentenas.

Otra de las normas del proyecto sanciona a los que teniendo autoridad para disponer el trabajo de un subordinado, los obliguen a trabajar presencialmente cuando éste se encuentre en cuarentena o aislamiento sanitario obligatorio decretado por la autoridad pública. Ello, pueden ser sancionados con hasta 3 años de presidio y una multa de 10 a 200 UTM por cada trabajador obligado.

En tanto, quienes organicen o convoquen a fiestas, eventos o similares, esa conducta será considerada como un agravante que deberá contemplar el juez al momento de dictar su resolución.

También se establece la posibilidad de que los infractores realicen servicios en beneficio de su comunidad.

europapress