SMA ordena Medidas Provisionales al Vertedero Dicham

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Vertedero

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ordenó Medidas Provisionales al Vertedero Dicham, cuyo titular es el Señor Fernando Patricio Hernández Diaz, y que está ubicado en la Región de Los Lagos, comuna de Chonchi, sector Dicham. El Vertedero cuenta con las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) N°548/2007 y RCA N°436/2010 para los Proyectos “Vertedero Industrial Controlado Dicham” y de “Modificación Vertedero Dicham” respectivamente.

Las medidas se basan en una fiscalización realizada por funcionarios de la Oficina Regional de la SMA de Los Lagos al “Vertedero Dicham”, quienes corroboraron el incumplimiento de las obras comprometidas en las RCA del proyecto, principalmente por superar la superficie establecidas en dichos permisos ambientales y por generar líquidos lixiviados durante la operación del Vertedero generando impactos en el bosque nativo del sector.

Tras las inspecciones realizadas, se dictaminaron las siguientes medidas:


1. Revisar, contener y controlar todas las descargas de los líquidos lixiviados.

2. Retirar los líquidos lixiviados mezclados con aguas lluvias que se encuentran en la acumulación de agua que se forma al oeste del Vertedero. Se deberá proceder a su eliminación definitiva.

3. Presentar en un plazo de 12 días hábiles contados desde la notificación de la presente Resolución, una propuesta de Programa de Monitoreo, que comprometa la ejecución de un plan de mediciones de la calidad de las aguas subterráneas para lo cual deberán presentar al menos 2 puntos de monitoreos de pozos cercanos, uno de aguas arriba y otro de aguas abajo del Vertedero.

4. Presentar en un plazo de 12 días hábiles un nuevo Plan de Acciones de Control y Prevención que deberá considerar los afloramientos de líquidos percolados, y la posible contaminación de aguas subterráneas y superficiales, control de vectores, control de olores y riesgos naturales.

5. Elaborar un informe detallado y consolidado respecto de cada una de las medidas establecidas en esta resolución, el cual deberá ser ingresado a las oficinas de la SMA de la Región de Los Lagos, dentro de un plazo de 14 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que las ordene.


Así mismo, en lo referido a la superficie de emplazamiento del proyecto, la oficina regional ha oficiado a la Autoridad Sanitaria al respecto sobre dicha situación, en virtud de las competencias sanitarias que posee. (Foto: www.sma.gob.cl)

europapress