​TC v/s Sernac

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Jesica Torres SLIDE

El Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales normas contenidas en proyecto de ley que modifica la Ley N° 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores. En su sentencia, la Magistratura Constitucional declaró inconstitucionales las nuevas potestades jurisdiccionales que el Proyecto de Ley contemplaba entregar al SERNAC. En efecto, la facultad de juzgar por parte del SERNAC sólo pueden ser adoptadas por un tribunal independiente e imparcial, ¿características que éste no reúne? (c. 34°). En efecto, el SERNAC actuaría como juez y parte por cuanto ejercería sus facultades fiscalizadoras (de naturaleza administrativa) para luego aplicar una sanción (de naturaleza jurisdiccional), con efectos que van más allá de una mera sanción administrativa, lo que contraviene, además, la exigencia de una investigación y un procedimiento racionales y justos (cc. 36° y 38°).Esto es una cuestión evidente que surge del texto de nuestra Carta Fundamental, lo que no debe causar sorpresa ni reproche. En efecto, el Tribunal Constitucional lo que está haciendo es cumplir con su labor de reconocer la supremacía constitucional. Lo que debe llamarnos la atención, es cómo los legisladores, hacen las leyes, sin conocimiento de los límites constitucionales. Este claro desconocimiento y desenfado constitucional, encuentran su tope en el Tribunal Constitucional, llamado a Privilegiar la Constitución. Aquellos que levantan voces contra el Tribunal Constitucional, lo que hacen es desconocer la supremacía constitucional, y dejarse llevar por las voces de un populismo que no encuentra asidero normativo. El Tribunal Constitucional es el guardián de nuestro máximo tesoro como democracia, esto es, la Constitución, y debe hacer prevalecer la misma aun cuando su labor sea ingrata y catalogada como de tercera cámara. Debemos cuidar nuestras instituciones y para eso, los legisladores deben cuidar la Constitución que es su límite normativo. Está muy bien legislar, pero esta labor debe ser, siempre, supeditada a la norma fundamental.


Jésica Alejandra Torres Quintanilla

Profesora Justicia Constitucional.

Enseñanza Clínica del Derecho

Facultad de Derecho Universidad de Chile

Socia Fundadora TORRES & MAISTO Abogados





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