María Lorena Rossel

Proyecto que sanciona la usurpación

El alarmante aumento de casos de usurpaciones el 2021 que llevó al Ministro del Interior de la época a señalar que se habían incrementado en un 688%, dio lugar a la presentación de un proyecto de ley que actualmente se encuentra aprobado por el Congreso, pero vetado, el que entrega más herramientas para reivindicar el derecho de las víctima de estas usurpaciones, pero sin dar solución a este fenómeno que se ve marcado por múltiples factores que el proyecto no contempla.

El derecho a la intimidad de niños, niñas y adolescentes y el caso de Ámbar

El recurso de protección interpuesto por la familia de Ámbar Cornejo para evitar que se transmita una miniserie en televisión que retrata su historia y trágica muerte, hace resurgir el tema de la ponderación entre dos derechos fundamentales: el derecho a la intimidad y vida privada de niños, niñas y adolescentes, de su familia y la libertad de expresión.

​Constitucionalización de los derechos de la infancia

La redacción de la nueva Constitución ofrece la oportunidad de incorporar entre sus disposiciones los derechos de los niños, una de las iniciativas populares de norma constitucional que ha tenido más adhesiones por parte de la ciudadanía, con casi 19 mil firmas.

La necesidad de establecer normas estrictas para renovar la confianza

Los casos de financiamiento irregular de campañas políticas socavaron de tal manera la confianza de los electores en los partidos y coaliciones políticas, que no es casualidad que en la elección de convencionales constituyentes hayan sido electas personas pertenecientes a listas independientes, a pesar de que nuestro sistema electoral favorece precisamente la inscripción y elección de personas pertenecientes a pactos políticos.

​Seguridad social como un derecho fundamental

Sobre las declaraciones de la presidenta de las AFP, Alejandra Cox, cabe mencionar que la seguridad social es un derecho fundamental reconocido por nuestra Constitución y por tratados internacionales ratificados por Chile. En el artículo 19 Nº 18 de la Carta Magna se consagra el derecho a la seguridad social y declara que “la acción del Estado estará dirigida a garantizar el acceso de todos los habitantes al goce de prestaciones básicas uniformes”.