Conforme a lo establecido por la Constitución, se informará sobre el hecho al Presidente de la República, quien podrá solicitar que el mensaje pase al Senado y, si este lo aprueba en general por los dos tercios de sus miembros presentes, volverá a la de su origen y solo se considerará desechado si esta Cámara lo rechaza con el voto de los dos tercios de sus miembros presentes.
Debido a que el Ejecutivo no ingresó las indicaciones a esta iniciativa, los parlamentarios de la Comisión de Trabajo pidieron más tiempo para realizar audiencias. Por lo que, durante la sesión, se retiró la urgencia a la tramitación del proyecto de ley.
Así lo informó el subsecretario del Trabajo, Fernando Arab, de acuerdo a la Ley 21.112, aprobada en septiembre de 2018.
Nuevamente se plantea una reforma legal –de aumento de sueldo mínimo- que no aumentará el ingreso de las personas, sino que disminuirá los ingresos de los más pobres.